Violencia Doméstica en Florida
1. Los mandatos de violencia doméstica son lo mismo que una orden de restricción. Le dicen a una persona que se aleje de otra.
2. Son Órdenes CIVILES; no son Órdenes criminales.
Violencia Doméstica:
3. Sin embargo, si usted viola una Orden de Protección contra la Violencia Doméstica, puede ser un delito penal. De este modo, cosas que antes no eran delictivas se convierten en delictivas cuando hay una Orden Judicial en su contra.
4. Una Orden de Protección temporal puede ser concedida y presentada sin una audiencia y tiene todos los mismos efectos que una Orden de Protección definitiva.
5. Las órdenes de protección sólo impiden que el DEMANDADO se ponga en contacto con el Demandante – no impiden que el Demandante se ponga en contacto con el Demandado.
6. Usted puede presentar una Moción para anular estas órdenes si cree que ha pasado suficiente tiempo, o la situación ha cambiado, y ya no necesita esta orden.
7. Puede enumerar lugares específicos de los que la otra persona debe mantenerse alejada, como su escuela, su casa o su iglesia.
Orden Judicial por Violencia Doméstica:
8. Para obtener una orden judicial por violencia doméstica, usted debe estar emparentado con la otra parte por sangre, tener hijos juntos o vivir juntos como familia.
9. Si usted acude a la audiencia para el requerimiento judicial sin un abogado, será responsable de conocer las reglas de la evidencia y se le exigirá el mismo estándar que a un abogado en el cumplimiento de todas las reglas del Tribunal.
10. Las declaraciones juradas de terceros no son admisibles si la persona no está presente en la audiencia.